CASO DEL PADRE DE EMELY PEGUERO: UN MAL MENSAJE DE LA JUSTICIA DOMINICANA

Por: Ing. Carlos Manuel Diloné

Durante el día de ayer, fue sorprendido Genaro Peguero, quien portando un arma de fuego ilegal, trató de penetrar al Palacio de Justicia de San Francisco de Macorís, donde se conocía de un recurso Judicial relacionado con el horrendo asesinato de su hija, la joven Emely Peguero, hecho ocurrido en Agosto del 2017.

El Ministerio Público ha solicitado 30 años de Prisión para Marlon Martínez, como autor principal del crimen de Emely, y 20 años de prisión para su madre Marlin, como cómplice del referido homicidio.

Desde ese punto de vista, qué necesidad tenía Genaro Peguero de violar la Ley  No.  631-16,  del  2  de  agosto  de  2016,  para  el  Control  y  Regulación  de  Armas, Municiones y Materiales Relacionados. G. O. No. 10854 del 5 de agosto de 2016?

La Oficina de Atención Permanente de los Servicios Judiciales del Distrito Judicial de San Francisco de Macorís, le impuso a Genaro Peguero, padre de la adolescente asesinada, Seis (6) meses de presentación periódica, por el porte ilegal del arma de fuego, por violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16.

Aquí es precisamente donde se le envía una mala señal a la sociedad dominicana, pues los citados artículos el No. 66 y el No. 67 de la referida Ley no establecen como sanción la presentación periódica, esos artículos son muy claros y precisos cuando sancionan el delito de posesión ilegal de armas de fuegos, en ellos se prescribe lo siguiente: “el  delito  de  posesión  ilegal  de  armas  de  fuego,  municiones,  explosivos  y  sus accesorios y los demás materiales relacionados, el que será sancionado con una pena principal de tres (3) a cinco (5) años de privación de libertad cuando se trate de armas de fuego de uso civil y de seis (6) meses a dos (2) años en los demás casos, así como el decomiso del arma y demás  artefactos  y  al  pago  de  una  multa  equivalente  de  veinticinco (25) a cincuenta (50) salarios mínimos del sector público”.

De ahí que lo dictaminado por la Oficina de Atención Permanente, no se basó en derecho, sobre todo porque el señor Genaro Peguero, es la victima real del vil asesinato de su hija Emely Peguero, que además estaba embarazada.

Pero, lamentablemente, los Tribunales son espacios para reclamar Justicia en base a derechos. ¿Qué pasará con los dominicanos que guardan prisión por porte y tenencia ilegal de armas de fuego?

Quien protege a Genaro Peguero es la ley, no el juez. Es el proceso el que desiguala con finalidad tuitiva, no el magistrado, quien debe ser exquisitamente imparcial y ajustar su conducta y su criterio a la verdad y a la justicia.

Sagardoy sintetiza de modo magistral el dilema: «No es recomendable que el Juez sea blando, sino que el legislador sea justo».

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