EL COVID-19 Y LOS BOLETINES DE LAS 10:00 a.m.

Por: Ing. Carlos Manuel Diloné

Mientras el mundo se encuentra enfrascado en una lucha sin cuartel, para enfrentar una pandemia nunca antes imaginada, que ha unido a la comunidad científica del globo terráqueo, en la búsqueda desesperada de alguna cura, donde los ministerios de las áreas de la salud, de los diversos países, están luchando por dotar a sus centros médicos de los insumos necesarios, para enfrentar el aumento exagerado en la demanda de los mismos.

Se conoce de países que han secuestrado la carga de los aviones que aterrizan, para abastecerse de combustibles en esos aeropuertos, pero llevan en sus panzas mascarillas, ventiladores y otros insumos médicos, les han suministrado combustible, pero le han robado la carga. Eso es entendible, cada país lucha por salvaguardar la vida de sus ciudadanos.

En nuestro país, el Ministro de Salud, emplea media mañana diariamente, para contabilizar los muertos y los infectados, llevando una muestra de cómo va evolucionando el Covid-19  a nivel mundial, regional y localmente. Utiliza muchísimo tiempo respondiendo y aclarando los chismes de las Redes Sociales, y contestando preguntas, muchas veces inquisidoras, de periodistas obcecados.

Pienso, que sería muchísimo más reconfortante, ver al Ministro de Salud anunciando la llegada de ventiladores y otros insumos, equipando Centros de Salud, dirigiendo como entidad rectora del Sistema Nacional de Salud, toda la Política Sanitaria del país, impidiéndole a los políticos el protagonismo desfasado en tiempos de Crisis Sanitaria. Que todas las actividades, fumigaciones comunitarias, entrega de hospitales, reparto de alimentos, estén supervisadas por personal del Ministerio de Salud, de modo que exista un protocolo, que nos haga cumplir con procedimientos científicos, para el bien de nuestra sociedad.

Todas las ayudas y cooperación para enfrentar esta terrible pandemia, deben ser canalizadas a través del Ministerio de Salud Pública de la República Dominicana, incluso la Ley General de Salud (Ley 42-2001), en su Art. 149 establece: “En caso de peligro de epidemia o de epidemia declarada, o de desastre u otra emergencia grave, el (la) Secretario(a) de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, podrá declarar como epidémico el territorio nacional o cualquier parte de éste; y autorizará a sus funcionarios locales y a todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, a adoptar las medidas necesarias que indique con el fin de evitar la epidemia, controlar su propagación y alcanzar su erradicación. Las medidas extraordinarias que el (la) Secretario(a) de Estado de Salud Pública y Asistencia Social determine caducarán a los treinta (30) días, contados desde que se presentó el último caso epidémico de la enfermedad”.

El Ministerio de Salud Pública debe ser el encargado de aplicar en todo el territorio de la República, los lineamientos y políticas sanitarias para enfrentar la pandemia del Covid-19, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones de calamidad pública o que pongan en peligro la vida o la salud de las personas. Los boletines no están mal, pero eso lo puede leer otro funcionario de menor jerarquía, o colgarse en la página del Ministerio.

Mientras tanto, QUEDÉMONOS EN CASA, y que Dios ayude a la humanidad, muy especialmente a la Nación Dominicana.

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