El Fideicomiso de Punta Catalina. ¿Beneficia o Perjudica al Estado Dominicano?

29 de enero 2022.

Por José A. Mateo Gil.

En el año 470 AC, nació Sócrates, considerado como el padre de la filosofía y un referente ético y moral de la sociedad en que vivió. Su pensamiento alcanzó dimensiones incomparables. No escribió una sola página, pero Platón, su discípulo más aventajado, documentó todos sus discursos, charlas y comentarios. Sus admiradores lo consideraron como el hombre más sabio de la época. Desde entonces hasta nuestros días, la doctrina Socrática se convirtió en un referente de la filosofía universal. Su frase más citada » Solo sé que no sé nada» fue su respuesta a uno de sus seguidores sobre su vasto conocimiento sobre el comportamiento del hombre y el medio que lo rodea. Pero también dijo que » los más inteligentes son los que aprenden de todo y de todos, los medianamente inteligentes son los que aprenden de su propia experiencia, y los que no son inteligentes son aquellos que creen tener respuesta a todo».

El tema del fideicomiso de la planta de Punta Catalina, como alternativa para dar una categoría jurídica a esta importante empresa estatal de 752 MWh, ha generado una controversia que ha divido a la sociedad dominicana. Un segmento importante de la población plantea que es un contrato lesivo a los intereses del estado dominicano porque transfiere a un comité técnico todo el poder que corresponde al ejecutivo. Las autoridades de turno defienden la iniciativa argumentando que es un fideicomiso del gobierno, cuyos recursos serán manejados por instituciones gubernamentales, tales como la Fiduciaria del Banco de Reservas y el Ministerio de Hacienda.

En ese mismo orden, argumentan además, para dar fuerza a sus pretensiones, que el único que tiene potestad para enajenar los bienes del estado es el Congreso Nacional. Esa es una verdad irrebatible. Como también es verdad que la Fiduciaria Banreservas es estatal y los benéficos de Punta Catalina quedarían en manos del estado. Pero de lo que se trata no es de donde viene el poder para vender los bienes públicos, sino que lo que está en discusión es que ese contrato abre las puertas a la participación del sector privado, mediante la clausula 2.17. Ese es el pecado capital que ha llamado la atención del pueblo dominicano. Eliminado ese párrafo el proyecto queda blindado a cualquier intento privatizador.

Si bien es cierto que el documento enviado al congreso por parte del ejecutivo para fines de aprobación plantea que es un fideicomiso estatal, y que los beneficios irían a las arcas públicas, no es menos cierto, que desde el punto de vista legal esa es una modalidad nueva en nuestro ordenamiento jurídico. En consecuencia, requiere de un debate más profundo sobre el tema en cuestión. La sensatez debe apoderarse de las autoridades de turno. Lo aconsejable sería ponderar las sugerencias de los partidos de oposición, a fin de que el tema del fideicomiso de Punta Catalina sea llevado a vistas públicas. El refranero popular dice que: » Lo que abunda no molesta». Entonces, cabe preguntarse ¿por qué negarse a debatir este importante proyecto con todos los sectores de la vida nacional ?.

Es motivo de preocupación que la Cámara de Diputados aprobara esa propuesta con una celeridad espantosa, que detonó una alerta en los medios de opinión de nuestro país. En las redes sociales se hizo viral lo que algunos consideraron como una estrategia para privatizar a Punta Catalina. Aunque la figura del fideicomiso no es algo nuevo, y que en la mayoría de los países del mundo esta iniciativa de administrar empresas cuyos dueños quieren desapoderarse de la dirección ejecutiva de sus operaciones, en nuestro país no existe un marco jurídico que le permita sustentar este proyecto, donde todos los intervinientes pertenecen al sector público, y la administración esté a cargo de un comité técnico compuesto por la combinación de representantes del sector empresarial y funcionarios públicos.

Las experiencias de fideicomiso que se ha implementado en República Dominicana, está limitada a la alianza público privada. En donde el gobierno de turno pone en manos del sector privado la administración de la misma. En los términos en que se ha redactado ese contrato, la empresa de Punta Catalina no cae dentro de esa categoría, razón por la cual, consideramos justa la reacción del pueblo ante las pretensiones de las autoridades de convertirlo en ley sin que medie una discusión previa que ponga de manifiesto las consecuencias jurídicas del mismo. Esta empresa es el activo más importante con que cuenta el estado dominicano, por lo que, cualquier iniciativa que afecte los intereses de la población, debe contar con el consenso de todo y todos.

El párrafo que ha generado el conflicto y la desconfianza del pueblo dominicano, es el que se refiere al «fideicomitente adherente». En la clausula segunda, acápite 2.17 del documento aprobado en primera lectura por la Cámara de Diputados, dice lo siguiente: Cito: » Fideicomitente adherente: significa(n) aquella(s) persona(s) física(s) o jurídica(s), que no ha(n) intervenido originalmente como fideicomitente(s) en la suscripción del contrato de fideicomiso, sino que se adhiere(n) posteriormente durante la vigencia del contrato, mediante acto auténtico o bajo firma privada complementaria, en la que se hace constar el aporte de bienes o derechos al patrimonio fideicomitido, con el consentimiento del fideicomitente original y con la aprobación del comité técnico » . Cierro la cita.

A todas luces, el acápite antes señalado, abre una ventana a la participación del sector privado como adquiriente de las acciones de la planta Punta Catalina. Si eso no es abrir las puertas a la privatización, que me expliquen mejor porque no lo entiendo. Si la preocupación de los proponentes del proyecto es que en el futuro la empresa pudiera requerir de financiamientos, ¿por qué no crean una reserva de contingencia mediante la asignación, en una cuenta especial del gobierno, con un porcentaje de los beneficios anuales de estas plantas?. De acuerdo a las estadísticas del Ministerio de Hacienda, el estado dominicano está recibiendo beneficios por US$250 millones de dólares al año, lo que significa que en 10 años el gobierno habrá recuperado la inversión. La eliminación de la clausula 2.17 despejaría muchas dudas en la población, y traería consigo paz y tranquilidad a la sociedad dominicana.

Es importante destacar, que estamos totalmente de acuerdo con la utilización de la figura del fideicomiso para transparentar las operaciones de la empresa de Punta Catalina. Por lo que, me gustaría dar el beneficio de la duda sobre la buena fe de los proponentes y en los términos en que fue redactado el cuestionado proyecto. Desde sus inicios, la planta de generación eléctrica de Punta Catalina ha sido tan codiciada por sectores interesados en adquirir acciones de ésta, que el pueblo está atento al destino que se le dará a esta empresa. Es oportuno recordar que a finales de la administración anterior, se daba como un hecho las negociaciones con empresarios interesados en adquirir el 51% de las acciones de esas plantas. Lo mismo ocurrió a principios de la presente gestión, funcionarios del más alto nivel anunciaron la decisión del gobierno de vender las acciones de Punta Catalina. En ese momento el mandatario desmintió esas pretensiones. Es por esta razón, que el pueblo dominicano está atento al más mínimo de los detalles del futuro inmediato de esa empresa generadora.

El Presidente Abinader es un hombre inteligente. Y de acuerdo al pensamiento Socrático, «El hombre inteligente es aquel que aprende de todo y de todos». En lo que lleva de su período de gobierno, Abinader ha demostrado tener las mejores intensiones para con el pueblo dominicano. En momentos en que ha tenido que rectificar, lo ha hecho con la humildad que le caracteriza, razón por la cual, en esta ocasión, debe ponderar la posibilidad de retirar ese documento del Congreso Nacional o en su defecto, introducir los cambios que sean necesario para que la población quede debidamente satisfecha con el destino que tomaría esta importante empresa de generación de electricidad.

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