En la segunda década del siglo XX, trabajadores en República Dominicana, eran inducidos a salir del país para trabajar en Ingenios Cubanos.

Por: Ing. Carlos Manuel Diloné

La guerra cubana de los Diez Años (1868-1878), comenzada el 10 de octubre de 1868, con el Grito de Yara, pronunciado por el líder del movimiento libertador, Carlos Manuel de Céspedes, en su ingenio azucarero “La Demajagua”, daba inicio al periodo revolucionario de Guerras de Independencia de Cuba, que no triunfaría hasta el surgimiento de la República el 20 de mayo de 1902. Como consecuencia de esta guerra, “miles de cubanos vinieron a residir a nuestro país. Estos inmigrantes trajeron a la República Dominicana su capital, tecnología, habilidades gerenciales y, sobre todo, sus profundos conocimientos del negocio azucarero; también llegaron un número menor de inmigrantes de otras nacionalidades, entre los cuales habían americanos, ingleses, franceses y alemanes, aunque algunos de ellos vinieron desde Cuba”.[1]

Esta guerra “detuvo el flujo de inversión norteamericana hacia Cuba y provocó un flujo de emigración por razones económicas y políticas”[2]. “En efecto la guerra se libró fundamentalmente en la zona oriental de la Isla, destruyó algo más de un centenar de ingenios, todos ellos atrasados tecnológicamente. Pero, la zona de occidente, donde se encontraban los grandes productores y estaba instalada el ochenta por ciento de la capacidad productora, no sufrió los embates de la guerra[3], dando como resultado el surgimiento de unos 30 ingenios azucareros en República Dominicana, “entre 1875 y 1882 se fundaron treinta haciendas de caña. Cuatro de ellas eran centrales, que recibían la caña exclusivamente de colonos contratados”.[4]

De algún tiempo acá, sobre todo después que estalló la guerra de Cuba, es que la agricultura ha comenzado a tener vida, con el establecimiento de fincas de caña en gran escala, en que se han invertido grandes capitales extranjeros importados por la inmigración cubana, y otros nacionales también de consideración que han cambiado por completo la faz del país, en el que abundan hoy las empresas agrícolas de todo género, siendo ya respetable la exportación que se hace por sus puertos, no sólo de azúcar en bruto y centrifugada, sino también de tabaco, café, cacao y otros frutos”.[5]

La Industria Azucarera Cubana fue la mayor de todas las Antillas, incluso llegó a ser la “primera productora mundial, rango éste que alcanza en 1829 y mantiene hasta la década de 1870”.[6]

Aprobada la Enmienda Platt, el gobierno estadounidense procedió a descolonizar Cuba. El 20 de mayo de 1902 fue declarada oficialmente la República de Cuba siendo electo Tomás Estrada Palma, antiguo Presidente de la República de Cuba en Armas, como su primer presidente.

Una vez Cuba obtiene su independencia, las inversiones en la industria azucarera cubana se hacen tomando como mercado principal a los Estados Unidos. “Ciertos intereses azucareros y compañías mineras buscaron en repetidas ocasiones el permiso de las autoridades de ocupación para importar peones, justamente en unos momentos en que un nutrido ejército de trabajadores en paro vagabundeaba por las ciudades y los campos de la Isla. La aparente contradicción viene a subrayar las condiciones lamentables que existían en el sector agrícola de la industria del azúcar y en la minería: los parados nativos, pese a su precaria situación, sencillamente se negaban a trabajar en las minas o en los campos de caña de azúcar, donde las condiciones eran todavía peores”[7].

“Debido a la relativa escasez numérica de la población cubana y a las características de la afluencia de inmigrantes, los trabajadores nativos se vieron desplazados por extranjeros que, a causa de su total falta de recursos, estaban dispuestos a trabajar por salarios inferiores a los estipulados y que, dada la ilegalidad en que se encontraban (como le ocurría a la mayor parte de los haitianos y jamaicanos que se quedaban en Cuba), eran susceptibles a las presiones económicas y, por ende, aceptaban condiciones que un trabajador nativo normalmente hubiese rechazado. Además, estos trabajadores ilegales constituían un grupo maleable que podía usarse para romper huelgas, a la vez que, temiendo que los deportaran, no querían formar parte de ningún movimiento laboral organizado”[8].

Los dueños de factorías azucareras cubanas, sabiendo que en República Dominicana “no existía una Ley que prohibiera, regulara o limitara la emigración de trabajadores” emprendieron, a mediados de la segunda década del siglo XX, una especie de captación de manos de obras; al pagar mejor salario en Cuba que los que se pagaban en Santo Domingo, las grandes Centrales Azucareras cubanas realizaron contratos con recolectores de trabajadores, cuya labor consistía en reclutar obreros en las diferentes provincias del país, para enviarlos a trabajar en los diversos ingenios azucareros establecidos en Cuba.

“Por tanto, y considerando que la cosecha cubana necesita más de un millón de trabajadores, y porque ese hermano país carece de una parte de ese ejército de hombres. Solicité venir a esta, mi amada patria, a recoger una parte de los hombres que, sin ocupación actual, habitan las regiones donde hay poca o ninguna actividad azucarera. Así son los hombres de los distritos de Azua, Baní, San Cristóbal y Barahona, donde apenas hay tres ingenios azucareros y tan pequeños que no se requiere mucha mano de obra para su mantenimiento. Estos distritos, como bien podréis percibir, no se ven perturbados en modo alguno por la emigración de una veintena de hombres de sus territorios circundantes.

Algunos de los ricos de este país, extraordinariamente alarmados por mis actividades en este sentido, y sin tomar en cuenta que no existe ley restrictiva que regule el acto de emigrar, han usado su influencia para destruir mis esfuerzos honestos y diligentes por medio de introducir entre la gente de este país el germen de desconfianza e incredulidad sobre el asunto.

Permítanme muy respetuosamente presentar ante ustedes el siguiente hecho: mi primer paso al llegar a esta Ciudad, el 15 de noviembre pasado, fue acercarme al Honorable Teniente C. C. Baughman, US Navy, Oficial a cargo del Departamento de Agricultura e Inmigración y exponer ante él directamente, sin circunloquios, el objeto de mi misión aquí, obteniendo, en consecuencia, la sincera declaración escrita de que “en el país no existe Ley que prohíba, regule o limite la emigración de trabajadores”. (Ver Comunicación No 949 del 19 de noviembre de 1917. Secretaría de Agricultura e Inmigración).

En base a esto, obtuve de la Central PALMA de “La Compañía Azucarera de Palma” el nombramiento de DOSCIENTOS obreros para esa plantación azucarera; a estos hombres pude encontrarlos y seleccionarlos inmediatamente entre los CUATROCIENTOS hombres que voluntaria, espontáneamente, me solicitaron medios para ir a trabajar a esa CENTRAL; ellos se sintieron halagados -naturalmente- por la esperanza y la completa seguridad de ganar, honradamente, con el trabajo de sus brazos, tres o cuatro veces más dinero del que ganan ahora en su propio país; circunstancia que, debido a la oferta y a las exigencias imperantes siempre en todo el mundo económico, me exime, personalmente, de toda responsabilidad moral y material; pues este Central, como la mayoría de los centrales de Cuba, paga UN DÓLAR por cada VEINTICINCO LIBRAS de caña cortada en sus extensas plantaciones azucareras. Esto permite a cada hombre sano y vigoroso ganar tres y hasta cuatro y cinco dólares diarios, sólo por el corte de caña.

En este, mi país, muchos son los hombres que cortan diariamente, tres carretas de caña de azúcar, con un peso aproximado de tonelada y media por carreta; y este fuerte trabajo les produce una monta no mayor, a lo sumo, de $2.50. En Cuba, el mismo trabajo produciría a los mismos obreros la suma de $3.60 cada uno.

El mismo obrero en Cuba desayunaría, almorzaría y cenaría en la noche, abundantemente, considerando la escasez actual, con UN DÓLAR, fumándose un buen puro, viviendo en una cabaña muy cómoda e higiénica, y al amparo de la “LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO” extendida por toda Cuba, que lo blinda con un brazo protector cuando se encuentra en la adversidad, hasta que es llevado de regreso a su país, si se considera que no está en condiciones de reasumir su trabajo y que es, por tanto, una carga para el Gobierno.

En mi país, hasta ahora, el obrero no es saludado con esa cantidad de favores reales, aunque he trabajado mucho y durante varios años, por el acercamiento a la era del progreso y a las ventajas del Mundo Civilizado”[9].

Durante el año de 1919, el Gobierno Militar tratando de contrarrestar el trasiego de trabajadores, dicta la Orden Ejecutiva No. 259, que regulaba todo lo relativo a los braceros traídos por las compañías azucareras, el Artículo 3 de esta Orden establecía que: “Durante el período de un año después que cualquier bracero extranjero haya venido a este país en virtud de un permiso, les está prohibido a los capitanes de vapores, agentes de empresas navieras, representantes o agentes de empresas extranjeras o a cualquier otra persona, influir o persuadir a tales braceros extranjeros a que salgan del país, como también les está prohibido venderles pasajes o proveerlos con medios de transporte para salir del país, exceptuando los casos previstos en los artículos uno y dos de estos reglamentos.

Cualquier persona que violare cualesquiera de las previsiones de este artículo, tendrá, probada su culpabilidad, una multa no menor de $100.00 y no mayor de $1,000.00 o prisión por no menos de un mes y no más de seis meses, o ambas penas a la vez por cada infracción probada”[10].

Sin embargo, para el año de 1919, ya se había disparado la alarma de los dueños de centrales azucareros en República Dominicana, por una parte trabajadores calificados se estaban marchando para trabajar en Cuba, en desmedro de sus empresas, y por otro lado, el país se estaba utilizando como puente para llevar a Cuba trabajadores de las Antillas. Para neutralizar esa situación el Gobierno Militar emitió la Orden Ejecutiva No. 278, que establecía lo siguiente:

  1. Hasta el 1 de abril del año 1921, a menos que no se obtenga la autorización especial del Poder Ejecutivo.

QUEDA PROHIBIDO

  1. Que se induzca o trate de inducir por medio de ofertas, colectivas o individuales de remuneración o compensación material, a que trabajadores salgan del país, para ser empleados en el extranjero.
  2. Que cualquier buque emprenda un viaje desde este país cuando el propósito principal de ese viaje sea transportar trabajadores para ser empleados en el extranjero, en países de los cuales esos trabajadores no sean súbditos o ciudadanos, o en los cuales no tengan domicilio o residencia.
  • Las violaciones a esta Orden serán penadas con una multa de no menos de cien pesos oro ($100), ni más de quinientos ($500), o prisión de no menos de dos meses (2 meses), ni más de seis meses (6 meses), o ambas penas. Por esa multa responderá el buque empleado, o cualquiera propiedad perteneciente al dueño o agente de dicho buque y la prisión se impondrá también al dicho dueño o agente[11].

La Orden Ejecutiva No. 278, se encontraba vigente cuando Félix María Nolasco, en representación de su hermano el Lic. José Nolasco, argumentaba que la primera Orden No. 259, autorizaba la salida de los trabajadores que han residido en este país por un período de más de un año, por ello, estaba solicitando que se autorice la salida de estos trabajadores. Su hermano José Nolasco, había celebrado un contrato con la Central CHAPARRA de Cuba en relación con el suministro de obreros, habiendo hecho gestiones para que se despache de este puerto la goleta denominada Camia, con 250 obreros, entre los cuales hay 100 súbditos ingleses que han venido a este país provistos de sus pasaportes en regla, para continuar su viaje a Cuba. Ahora, como la función ejecutiva del Gobierno está suplantada en el Gobernador Militar, ruego de vuestra benevolencia que se conceda al infrascrito la autorización especial que exige la nueva Orden ejecutiva arriba mencionada.

El Gobierno Militar ordenó la investigación de las declaraciones hechas por Félix María Nolasco en la carta adjunta encontrando, que no existía ninguna razón justa para que esta petición deba ser concedida. El resultado de esta investigación fue el siguiente:

ASUNTO:- Autorización para enviar a Cuba cierto número de obreros.

1. – Devolución.

2. – Después de la investigación de las declaraciones hechas en la carta adjunta parece que no hay ninguna razón justa para que esta petición deba ser concedida.

3. – Se comprobó que algunas de estas personas portadoras de pasaportes vinieron a la República Dominicana con el propósito de trabajar en fincas azucareras habiendo venido con un Agente de Inmigración de la Asociación Azucarera de este país y no con el propósito de ir a Cuba.

4. – Se cree que como algunas de estas personas llevan varios meses en el país los agentes desnudos son los responsables de sus ideas de ir a Cuba, idea que se les dio desde su llegada.

5. – Se cree que esta solicitud fue hecha con la idea de evadir la ley y que la veracidad de las declaraciones hechas es cuestionable al extremo.

6. – Se recomienda que esta solicitud no sea atendida y que se aperciba al autor de la misma para que cese en sus actividades como agente laboral ya sea directa o indirectamente[12].

Con estas conclusiones a mano, el Gobierno Militar le contesta a Félix María Nolasco lo siguiente:

Su carta fechada el 11 de Abril, 1919, dirigida al Gobernador Militar vía el Departamento de Interior y Policía ha sido referida a esta oficina para su contestación.

Informárnosle que el Gobernador Militar no se inclina a conceder la autorización especial solicitada para que ciertos braceros inmigrantes vayan de este país a Cuba. El Gobierno Militar no desea que este país se use como un punto de parada temporal para los braceros que inmigren a Cuba ni que los agentes usen este país como campo de reclutamiento de braceros para otros países.

Recientemente fueron obtenidos de Ud. los siguientes pasaportes británicos:

No. 3002 Harold Jackie.

No. 3003 Nathaniel Jordan,

No.  979 Cornelius Thomas,

No.  945 Lionel Burke.

Los dos primeros fueron expedidos en Trinidad, los dos últimos en St. Kitts. Estos pasaportes han sido hoy entregados al Inspector de Inmigración, para los interesados, pues pertenecen a ellos y ellos tienen derecho a poseerlos[13].

De este modo el Gobierno Militar frenaba el trasiego de trabajadores hacia las plantaciones cañeras de Cuba, provocando una consolidación de la industria azucarera dominicana.


[1] Héctor E. Cuevas P. EL AZUCAR SE AHOGO EN LA MELAZA: Quinientos años de Azúcar. INSTITUTO TECNOLOGICO DE SANTO DOMINGO. Santo Domingo, R. D. 1999. Página 61.

[2] Ibidem. Página 60

[3] Ibidem. Página 61.

[4] Harry Hoetink.  El Pueblo Dominicano: 1850-1900. Apuntes para su sociología histórica. Universidad Católica Madre y Maestra. Santiago. República Dominicana. Agosto del 1971. Página 22.

[5] Fernando Arturo de Meriño. Elementos de Geografía Física, Política e Histórica de la República Dominicana,

precedidos de las Nociones Generales de Geografía. Segunda Edición. Aumentada y Corregida. Santo Domingo, Imprenta de García Hnos. 1889. Página 94.

[6] Manuel Moreno Fraginals. El Ingenio: Complejo Económico Social Cubano Del Azúcar. Editorial de Ciencias Sociales, la Habana, 1978. Página 164.

[7] Ibidem. Página 326.

[8] Ibidem. Página 328.

[9] DO Archivo General de la Nación / Gobierno Militar de Santo Domingo / 05 // 68-20. Informe de la cosecha de azúcar. Fecha 1917-12-17. Signatura topográfica: Leg 1700230.

[10] AGN. Gobierno Militar. Gaceta Oficial Núm. 2989. O. E. Núm. 259. Fecha 18 de febrero de 1919.

[11] AGN. Gobierno Militar. Gaceta Oficial Núm. 3001. O. E. Núm. 278. Fecha 4 de abril de 1919.

[12] DO Archivo General de la Nación / Gobierno Militar de Santo Domingo / 02 // 69-31. Permiso para exportar braceros. Fechas 1919-04-11 / 1919-04-29. Signatura topográfica: Leg 1700237.

[13] Ibidem.

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