Por: Ing. Carlos Manuel Diloné
“Pavoroso incendio ocurrido en esta población ha reducido a cenizas y escombros unas 25 casas, casi todas comerciales. Pérdidas alrededor de $500.000”[1]. Con este telegrama, el 13 de Septiembre de 1927, le informaba Generoso Abreu, a Garrido Puello, director del periódico “El Cable” lo sucedido en Barahona.
Lógicamente, esta información fue suministraba con el hecho todavía en proceso (bajo la intensidad de las llamas), por eso el valor estimado de las pérdidas de unos RD$500,000.00, no se corresponde con un levantamiento o censo de los comercios y viviendas afectadas. Por ello, el periódico “El Cable”, en fecha 14 de Septiembre de 1927, publica la siguiente nota: “Lamentamos hondamente la horrible desgracia que aflige a Barahona, la ciudad hermana, y le damos por este motivo nuestro más sincero pésame. Daremos más detalles”[2].
El siniestro del 13 de septiembre del año 1927, que afectó a los comerciantes de la ciudad de Barahona, tuvo su origen, según lo establecido por José A. Robert, “en la casa de comercio del español conocido por Juventino Fernández, radicada en la calle “Estrelleta”[3]. Este suceso llenó de consternación a los habitantes de Barahona dejando en la ruina a decenas de sus moradores. Las pérdidas económicas según el referido autor, fueron estimadas en $400,000.00. A decir de Matías Ramírez Suero, el fuego “comenzó en la casa de Florentino Fernández”, estimando las pérdidas económicas en más de $40,000.00[4], al comercio y casas particulares. En el libro «Barahona: Homenaje Fotográfico», el autor señala: “Voraz incendio, que se originó en la casa de Fued Tonos, destruyó numerosas casas y comercios«[5].
Lo cierto, es que este hecho, provocó el que la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Barahona, en fecha 16 de septiembre del 1927, le enviara un telegrama al Presidente Horacio Vásquez, solicitando del Gobierno Nacional un empréstito por la suma de RD$50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS ORO), que se garantizará en su mayor parte con inmuebles, para ser repartido entre los damnificados del pavoroso incendio ocurrido en esta ciudad.
El 26 de Octubre de 1927, mediante misiva dirigida al General Horacio Vásquez, la Cámara de Comercio, Industria y Agricultura de Barahona, confirmó los términos del telegrama del 16 de septiembre del 1927, detallando y cuantificando las cifras numéricas, de modo que el Presidente de la República, se pudiera formar una idea del desastroso siniestro y juzgar lo necesitados que están sus víctimas de una oportuna ayuda oficial. La tabla siguiente, constituyó el listado de los damnificados de Barahona, como consecuencia del siniestro del 1927, enviado por la referida Cámara al Presidente Horacio Vásquez:
DAMNIFICADOS | PERDIDAS TOTALES | VALOR INMUEB. DESTRUIDO | LIBRE PARA RESP. DE SUS ACTIVOS |
Abraham Khoury y Hno. | 45,000.00 | 3,000.00 | 10,000.00 |
Jorge Saba | 35,000.00 | 10,000.00 | 15,000.00 |
María Vda. Reg. Sánchez | 5,000.00 | 5,000.00 | 0.00 |
Abraham Yapul e Hijo | 5,000.00 | 2,000.00 | 8,000.00 |
Juventino Fernández | 4,000.00 | 0.00 | 5,000.00 |
Julio A. Báez T. | 4,000.00 | 0.00 | 2,000.00 |
Jesús Morales | 3,000.00 | 0.00 | 2,000.00 |
Sócrates Lagares | 2,000.00 | 0.00 | 0.00 |
Juan Herrera | 2,000.00 | 2,000.00 | 0.00 |
Miguel Pons | 2,000.00 | 2,000.00 | 0.00 |
José Batista hijo | 2,000.00 | 0.00 | 4,000.00 |
Miguel Galarza P. | 2,000.00 | 2,000.00 | 0.00 |
P. A. Ricart | 2,000.00 | 2,000.00 | 0.00 |
Eloísa Peláez | 1,500.00 | 1,500.00 | 0.00 |
Abraham J. Hazouri | 1,500.00 | 0.00 | 3,000.00 |
Concepción Vda. Feliz | 1,000.00 | 1,000.00 | 0.00 |
Luis Peláez | 1,500.00 | 1,500.00 | 0.00 |
Enrique Quiñones | 1,000.00 | 0.00 | 3,000.00 |
Nicolás Fiat | 1,000.00 | 0.00 | 12,000.00 |
Luis Barreras | 500.00 | 0.00 | 2,000.00 |
Antonio Lama & Hno. | 500.00 | 0.00 | 1,000.00 |
Porfiria Carbonell | 300.00 | 0.00 | 0.00 |
Jacobo Annia | 300.00 | 0.00 | 300.00 |
Juan Fiat | 500.00 | 0.00 | 2,000.00 |
Alberto Deñó | 200.00 | 0.00 | 150.00 |
Fco. Williamos | 150.00 | 0.00 | 200.00 |
Alcibíades Vicioso | 200.00 | 200.00 | 0.00 |
TOTALES EN $ | 123,150.00 | 32,200.00 | 69,650.00 |
El valor de los inmuebles destruidos arroja la suma que se necesitaría para reedificar nuevamente todas esas propiedades, las cuales garantizarían legalmente los valores que en ellas se invertirían, entendiéndose que la mayoría después de fabricadas tendrían mayor valor que el arriba presupuestado, pues hay que incluir además el valor de los solares propios sobre los cuales serán reedificadas.[6]
Los damnificados que no figuran en la casilla “libre para responder de sus activos”, solamente perdieron intereses como propietarios y por eso sólo figuran sus inmuebles. De modo, que el empréstito solicitado, tendría las suficientes garantías inmuebles, siempre que se estableciera “un plazo que permitiera a los prestatarios reponerse del desastre sufrido y cumplir a tiempo con las obligaciones que puedan contraer en la parte proporcional que les corresponda en la repartición del dicho empréstito”.
La misiva firmada por Manuel Toral, Presidente y Jaime Sánchez hijo, Secretario General, de la Cámara, a la que hemos hecho referencia, terminaba indicándole al Presidente, que “la decisión favorable que pueda darle el Gobierno a la petición en ella encerrada, serán motivos de perdurable reconocimiento de parte de los damnificados necesitados de ayuda y de parte también de esta Institución que funda siempre esperanzas en el espíritu justiciero de Ud.”
Los habitantes de San Juan, se sintieron alarmados por lo acontecido en Barahona, y comenzaron a tomar medidas, pensando que nada se oponía a que sucedería allí lo que acababa de suceder en la referida ciudad; por ello, el 17 de Septiembre de 1927, “El Cable” editorializó lo siguiente: “El caso de Barahona, que conocen nuestros lectores en toda su horrible intensidad, es tan serio, que lo deben estudiar con detenimiento nuestros hombres de negocios. No basta la construcción de un depósito de materiales inflamables para que el peligro que se cierne sobre la ciudad sea prevenido. Esa es una medida que atenúa el mal, pero eso es todo. Nuestros comerciantes deben pensar que sus intereses no están seguros en casas de madera; que se impone la sustitución de esas casas por otras fabricadas de concreto. El costo ni el desembolso deben ser tomados en cuenta, cuando se tiene de frente la confrontación de un peligro de muerte y ruina. Es bueno ser prudentes y no dejar correr la bola por cicatería enfermiza. Prevenir es armarse contra las contingencias del futuro; es prepararse a la lucha con probabilidades de éxito. ¿Qué valen unos miserables pesos cuando representan la salvación del capital en peligro? ¿Tienen las casas de comercio tanques de agua preparados para casos de emergencia? ¿Tienen extinguidores de incendio?
No hay conciencia de la amenaza permanentemente suspendida sobre la ciudad y de ahí la despreocupación en que vivimos, dormidos muellemente, confiados en Dios y en la suerte. Prevenir es defenderse”.
El 28 de Noviembre de 1927, mediante misiva Núm. 23975, Presidente Horacio Vásquez, le dice a Manuel Toral y Jaime Sánchez hijo, que está en su “poder su atenta exposición de fecha 26 de Octubre próximo pasado, mediante la cual Uds. Me confirman su telefonema del 16 de Septiembre de este año, a la vez que me ratifican el deseo de esa Honorable Cámara de que el Gobierno le facilite, en calidad de préstamo, la suma de $50,000.00 para ser distribuida entre los damnificados del último incendio ocurrido en esa ciudad”.
Horacio Vásquez, les ordenó dirigirse a la Secretaría de Estado de Hacienda y Comercio, acompañándole todos los documentos necesarios, para que entonces esa Secretaría le sometiera la cuestión al Presidente, que era el modo correcto, según las normas establecidas.
Con anterioridad, el Diputado Jaime Mota hijo, actuando de manera diligente por ante la Cámara de Diputados, específicamente en la Sesión del 15 de septiembre de 1927, Acta No. 316, sometía una Moción que decía: “El Congreso Nacional en nombre de la República ha dado la siguiente Ley: Art. Único: De los fondos generales de la Nación no comprometidos de otro modo, se vota la suma de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS ORO) para auxiliar a los menesterosos a causa del incendio ocurrido en la ciudad de Barahona el día 13 de Septiembre cursante”[7]. En esta misma Sesión la Comisión de Hacienda y Comercio, les recomendaba a los Diputados reducir la suma de $50,000.00 a $8,000.00, para auxiliar a los menesterosos a causa del incendio ocurrido en la ciudad de Barahona.
Fue aprobada la Urgencia y Discusión Inmediata de la Moción presentada por Jaime Mota hijo, lo que dio origen a una serie de discusiones en la Cámara de Diputados, el diputado Pérez propuso reducir la suma de $8,000.00, recomendada por la Comisión a $5,000.00, argumentando que “el Gobierno debe acudir en socorro de las personas que estén en indigencia, pero a los comerciantes que perdieron sus mercancías y que se sabe que estaban aseguradas, no tiene el Gobierno necesidad de ir a socorrerlos, por eso pido que la suma se reduzca a $5,000.00”[8]. El diputado Tácito Cordero, exigió “que para la discusión de este punto se tome en cuenta el Proyecto que recomendó la Comisión de Hacienda”. Se ofrecieron las más variopintas de las argumentaciones, creando un escenario hostil, a la Moción presentada.
Por su parte Mota argumentaba “ese incendio de Barahona ha sido lo más grande que se ha visto en el país en su clase. Aquí dice la Ley que se le van a dar socorros a los que han quedado sin amparo. $5,000.00 es una suma muy pequeña para atender a esos desamparados. Supongamos que sean 100 las personas que están en indigencia: con $50.00 no se va a poder dar ropa, zapatos y comida una o dos semanas a esa gente, y ese es el auxilio que debe dárseles. Yo pido que sea como dice el Diputado Vidal Velázquez, reducida la suma a $15,000.00”.
Finalmente, mediante la Ley No. 745, publicada en la G. O. No. 3910, de fecha 27 de Octubre del 1927, “de los fondos generales de la Nación, se vota la cantidad de $9,500 Nueve mil quinientos pesos oro para auxiliar a los menesterosos a causa de los incendios ocurridos en la ciudades de Barahona y Puerto Plata, del modo siguiente:
Para los damnificados menesterosos en el incendio de Barahona $8,000.00. Para los damnificados menesterosos en el incendio de Puerto Plata $1,500.00[9]. Quedando encargada, la Cruz Roja Dominicana, de proceder a la distribución y aplicación de esta suma.
[1] Tesoros ocultos del periódico El Cable. Santo Domingo 2012. Año VII, núm. 520, 14 de septiembre de 1927. Página 103.
[2] Ibídem.
[3] La evolución histórica de Barahona. José A. Robert. Alianza Barahonera. Páginas 239 y 240.
[4] Fundación de Barahona. Matías Ramírez Suero. 1983. Página 287.
[5] Barahona: Homenaje Fotográfico. Fotografías de Pedro A. Vargas C. Página 93.
[6] AGN. Secretaría de la Presidencia, 1925-1930. Referencia 17/000448.
[7] Boletín de la Cámara de diputados, Volumen 3, Temas 41-49. Páginas 41 y 42.
[8] Ibídem.
[9] AGN. Colección de Leyes, Reglamentos y Resoluciones. Ley No. 745. G. O. No. 3910. 27 de Octubre del 1927
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